Recibes un correo de tu banco. El logo es idéntico, el tono también. Te piden confirmar tus claves «por seguridad». Haces clic. Al día siguiente, tu cuenta está a cero. O justo al revés: aceptaste un trabajo desde casa que consistía en recibir dinero y reenviarlo, y ahora tienes una citación judicial que no entiendes. Los dos escenarios tienen el mismo nombre en el Código Penal.
La estafa informática es uno de los delitos que más ha crecido en los últimos años, y también uno de los peor entendidos. Mucha gente cree que «una estafa por internet» es siempre lo mismo, y que la víctima nunca puede acabar en el banquillo. Ninguna de las dos cosas es cierta.
En este artículo te explico, en lenguaje claro y desde la práctica de un despacho penal en Castellón, qué es exactamente este delito tras la reforma de 2023, en qué se diferencia de la estafa de toda la vida, qué penas tiene y —lo más importante— cómo se defiende, tanto si te han estafado como si te están investigando a ti.
¿Qué es exactamente la estafa informática?
La estafa informática está regulada en el artículo 249 del Código Penal. Digo «está» y no «estaba» porque conviene tener claro un cambio reciente: hasta enero de 2023 este delito vivía en el artículo 248, pero la reforma operada por la Ley Orgánica 14/2022 lo trasladó a su propio precepto y amplió las conductas castigadas para adaptarlas a la normativa europea sobre fraude en los medios de pago.
La idea de fondo es sencilla. En la estafa clásica hay un engaño a una persona que, confundida, entrega su dinero. Pero a una máquina no se la engaña: se la manipula. Por eso el legislador tuvo que crear una figura específica para castigar a quien, con ánimo de lucro, se vale de una manipulación informática o artificio semejante para conseguir una transferencia no consentida de dinero o de cualquier otro activo, en perjuicio de otra persona.
En términos prácticos, comete estafa informática quien:
- Interfiere u obstaculiza indebidamente el funcionamiento de un sistema informático.
- Introduce, altera, borra, transmite o suprime datos para desviar un pago o una transferencia.
- Emplea cualquier otro artificio para que el sistema haga algo que su titular nunca autorizó.
Es un delito de resultado: no basta con la maniobra técnica, tiene que producirse un perjuicio económico real. Y puede cometerlo cualquiera, no hace falta ser un experto informático.
¿Toda estafa por internet es estafa informática?
Aquí está uno de los errores más frecuentes, y una distinción que puede cambiar por completo la calificación de un caso.
No es lo mismo engañar a una persona a través de internet que manipular una máquina. La ley las trata como delitos distintos.
Si alguien monta una tienda online falsa, te vende un móvil que no existe y desaparece con tu dinero, eso no es estafa informática: es una estafa clásica del artículo 248, porque lo que ha habido es un engaño a una persona (tú), que decidió pagar. Internet es solo el escenario.
La estafa informática del artículo 249 aparece cuando lo que se manipula es el sistema: se accede a tu banca electrónica, se falsea una orden de pago, se redirige una transferencia. La diferencia parece técnica, pero es decisiva para la defensa y para la acusación.
Las tres caras del fraude: phishing, pharming y vishing
Casi todos los fraudes que llegan al despacho responden a una de estas tres modalidades. Conocerlas ayuda a entender qué ha pasado realmente y qué se puede probar.
Phishing
Del inglés «anzuelo». Son los correos o SMS que suplantan a tu banco, a Correos o a Hacienda para que introduzcas tus datos y contraseñas en una página falsa. El clásico «confirme sus datos para no perder el acceso a su cuenta».
Pharming
Más sofisticado. En lugar de esperar a que piques, el atacante manipula el sistema de nombres de dominio (DNS) o tu propio equipo para que, aunque escribas bien la dirección de tu banco, acabes en una web falsa idéntica a la real. Aquí ni siquiera hay un enlace sospechoso: la trampa está en la infraestructura.
Vishing
Combinación de «voz» y phishing. Es el fraude telefónico: una llamada o una grabación que imita a tu entidad bancaria y te pide claves o códigos «para verificar un cargo». Cada vez más habitual y más creíble.
Los muleros: el eslabón que acaba imputado
Este es el punto que más angustia genera, porque afecta a personas que, muchas veces, no se consideran delincuentes en absoluto.
El dinero robado tiene que salir de algún sitio. Y para sacarlo, las organizaciones necesitan cuentas de personas reales. Ahí entra el mulero: alguien a quien ofrecen un «empleo» que consiste en recibir transferencias en su cuenta y reenviarlas —normalmente por remesadora— a un tercero. Las webs de estos falsos trabajos están muy cuidadas: hay entrevista, contrato firmado, apariencia de total legalidad.
El cerebro de la estafa permanece en el anonimato. El mulero, en cambio, da la cara: es su cuenta, su nombre, su citación.
Los tribunales suelen considerar al mulero cooperador necesario de la estafa, porque sin su cuenta el dinero no llegaría a su destino. Eso significa que puede responder por el delito de estafa igual que el autor principal.
Pero aquí es donde la defensa tiene mucho que decir. La clave está en el dolo: para condenar, hay que acreditar que la persona sabía o, al menos, podía sospechar razonablemente que estaba moviendo dinero de origen ilícito. No es lo mismo quien colabora a sabiendas que quien fue, él también, víctima de un engaño. Demostrar esa ausencia de conocimiento —con el contexto, las comunicaciones y las circunstancias personales— es a menudo la diferencia entre una condena y una absolución.
Si has recibido una citación por haber prestado tu cuenta o reenviado un dinero que no sabías de dónde venía, no declares sin asesorarte antes. Lo que digas en esa primera declaración pesa durante todo el procedimiento.
¿Qué penas conlleva?
La estafa informática se castiga con prisión de 6 meses a 3 años. Conviene retener tres detalles que la reforma de 2023 dejó claros:
- Ya no hay «delito leve». Antes, si el fraude no superaba los 400 euros, cabía una simple multa. Hoy, para la estafa informática, esa vía ha desaparecido: siempre estamos ante un delito con pena de prisión.
- Los agravantes suben mucho la pena. Si concurren circunstancias del artículo 250 —cuantías elevadas, especial gravedad, víctimas particularmente vulnerables— la pena puede llegar hasta los 6 años.
- Se castigan también los actos preparatorios. Fabricar, poseer o facilitar programas o instrumentos diseñados específicamente para cometer estos fraudes es ya delito por sí mismo, con la misma pena, aunque nunca llegue a ejecutarse la estafa.
Que la horquilla empiece en 6 meses no es un detalle menor: una pena de prisión inferior a dos años, en quien no tiene antecedentes, suele poder suspenderse —es decir, cumplirse sin entrar en la cárcel—. Por eso la estrategia de defensa, desde el primer minuto, importa tanto.
¿Y si el estafador es un familiar?
El Código Penal contempla una excusa absolutoria para determinados fraudes entre parientes muy cercanos: cónyuges no separados, ascendientes, descendientes y hermanos. En esos casos, y siempre que no haya mediado violencia, intimidación o abuso de una persona vulnerable, la responsabilidad deja de ser penal y queda reducida a la vía civil. Es una excepción concreta, pero conviene conocerla porque no pocos conflictos económicos surgen dentro de la propia familia.
Me han estafado o me investigan: ¿qué hago ahora?
Los dos lados de este delito necesitan actuar rápido, aunque por motivos distintos.
Si eres la víctima, el tiempo juega en tu contra: cuanto antes se denuncie y se bloqueen las cuentas de destino, más posibilidades hay de rastrear y recuperar el dinero. Además de la denuncia, conviene conservar todas las pruebas —capturas, correos, justificantes— y valorar la reclamación a la entidad bancaria, que en muchos casos debe responder si no aplicó las medidas de seguridad exigibles.
Si te están investigando —como mulero, como presunto autor o como cooperador—, lo más importante es no improvisar. Antes de declarar necesitas saber qué pruebas existen contra ti y qué margen real hay para acreditar tu buena fe. Una defensa bien planteada desde el inicio puede reconducir por completo el procedimiento.
En ambos escenarios, el denominador común es el mismo: la estafa informática es un terreno técnico y en constante cambio legislativo. Actuar con criterio, y hacerlo pronto, marca la diferencia.