Cada vez son más frecuentes los casos de Bizum enviados a la persona equivocada. Un número de teléfono mal guardado, un despiste al escribir la cantidad, un contacto confundido. El dinero llega a donde no debería. Y entonces surge la pregunta que muy poca gente sabe responder con precisión: ¿qué pasa si quien lo recibe no lo devuelve?
La respuesta del Código Penal es clara, aunque muchos la desconozcan: puede ser un delito de apropiación indebida.
El error no es el delito
Lo primero que conviene aclarar es que recibir un Bizum por error no tiene ninguna consecuencia penal. El destinatario no ha hecho nada ilícito: ha recibido un ingreso que no esperaba, procedente de alguien que se equivocó.
El problema surge en el momento siguiente. Cuando el remitente contacta con el destinatario, le explica el error y le pide la devolución. A partir de ese instante, el destinatario sabe que ese dinero no le pertenece. Y si, sabiéndolo, decide quedárselo, el Código Penal tiene algo que decir al respecto.
"El delito no está en recibir el dinero. Está en quedárselo sabiendo que no es tuyo."
¿Qué es la apropiación indebida?
La apropiación indebida está regulada en los artículos 253 y 254 del Código Penal. Su estructura es la de quien, habiendo recibido legítimamente una cosa con obligación de devolverla, decide apropiársela en lugar de restituirla.
En el contexto del Bizum, el esquema es exactamente ese: el destinatario recibe el dinero de forma legítima —nadie lo ha robado ni engañado para obtenerlo—, pero a partir del aviso del error adquiere la obligación de devolverlo. Si en lugar de hacerlo lo incorpora a su patrimonio como si fuera propio, comete el delito.
Para que exista la infracción deben concurrir varios elementos:
- Una posesión inicial legítima del dinero.
- Una obligación de devolverlo nacida del error.
- Un acto de apropiación: decidir quedarse con él de forma definitiva.
- Un perjuicio para quien lo envió.
- El elemento doloso: la consciencia y voluntad de apropiarse de algo ajeno.
Este último punto es crucial. Si el destinatario no sabe que el Bizum era un error —porque nadie le ha avisado, porque el mensaje no llegó, porque hubo confusión—, no hay dolo y no hay delito. Pero una vez que queda constancia del aviso, ese argumento desaparece.
Las penas: cuánto te juegas
Menos de 400 euros
Cuando la cantidad apropiada no supera los 400 euros, el Código Penal lo considera un delito leve. La pena es de multa de uno a tres meses. Pero ojo: además de la multa hay que devolver el dinero con los intereses correspondientes y hacerse cargo de las costas judiciales.
Más de 400 euros
A partir de ese importe la cosa cambia radicalmente. Ya no es un delito leve sino un delito menos grave, con pena de prisión de seis meses a tres años, multa adicional y la consiguiente anotación en el registro de antecedentes penales.
Más de 50.000 euros
En casos de cantidades muy elevadas o con circunstancias agravantes, la pena puede alcanzar los seis años de prisión.
Lo que ocurrió en la vida real
Dos casos reales ilustran perfectamente cómo funciona esto en los tribunales:
En Cambados, un taxista recibió un Bizum de 35,20 euros enviado por error por un cliente. El cliente se puso en contacto con él en múltiples ocasiones para pedirle que lo devolviera. El taxista no respondió ni devolvió el dinero. El Tribunal de Instancia lo condenó a una multa de 900 euros, además de tener que devolver los 35,20 euros más las costas del proceso. La prueba clave: los mensajes intercambiados entre ambos.
En Benavente, una persona recibió 20 euros por Bizum de forma errónea. Tampoco los devolvió. La condena fue de 180 euros de multa, la devolución de los 20 euros y las costas judiciales.
En ambos casos, lo que convirtió el malentendido en condena fueron los mensajes de WhatsApp en los que se reclamaba la devolución. Esos mensajes acreditaron el conocimiento del error y, por tanto, el elemento doloso del delito.
¿Y si el Bizum llega de un familiar?
El Código Penal prevé una excusa absolutoria en el artículo 268 para determinados delitos patrimoniales cometidos entre familiares muy cercanos: cónyuge, ascendientes, descendientes y hermanos que convivan bajo el mismo techo. En esos casos, la responsabilidad penal queda excluida, aunque subsiste la obligación civil de devolver el dinero.
Esta excepción es de interpretación estricta y no alcanza a relaciones de pareja no casada ni a otros familiares o amigos, por mucha confianza que haya entre ellos.
Qué hacer si te ocurre
Si eres quien recibió el Bizum por error
- No gastes ni muevas el dinero.
- Contacta con quien lo envió y confirma el error.
- Devuélvelo cuanto antes, dejando constancia escrita del proceso.
- Si no puedes localizarle, informa a tu banco.
Si eres quien envió el Bizum por error
- Reclama por escrito, dejando constancia clara de que fue un error y de que solicitas la devolución.
- Contacta con tu banco para iniciar el proceso de reclamación.
- Si no obtienes respuesta, puedes interponer denuncia penal por apropiación indebida.
- Conserva absolutamente todos los mensajes: son tu prueba principal.
En resumen
- Recibir un Bizum por error no es delito. Quedárselo sabiendo que no es tuyo, sí.
- El elemento decisivo es el conocimiento del error: a partir del aviso, nace la obligación de devolver.
- Menos de 400 euros: delito leve, multa. Más de 400 euros: delito menos grave, posible prisión.
- Los mensajes de WhatsApp son la prueba que más pesa en estos procedimientos.
- No existe importe mínimo para denunciar.
Si te has visto en alguna de estas situaciones o necesitas asesoramiento sobre cómo actuar, el primer paso siempre es una consulta con un abogado penalista antes de que el problema escale.